El Tribunal Supremo de Puerto Rico le dio la razón al DACO en el pleito contra LUMA.
Por Metro Puerto Rico
01 de diciembre 2025 a las 12:14 hrs.

El Tribunal Supremo de Puerto Rico dejó sin efecto la cláusula contractual que eximía a LUMA Energy y a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) de responder por daños causados por negligencia ordinaria, al concluir que el Negociado de Energía actuó sin autoridad al aprobarla mediante resolución administrativa.
En una opinión emitida el 1 de diciembre de 2025, el Supremo determinó que el relevo incluido en la Sección 4.1(g) del contrato de operación y mantenimiento (OMA) funcionaba, en la práctica, como una inmunidad general frente a reclamaciones de consumidores. Esa prerrogativa, sostuvo el Tribunal, solo puede ser otorgada por la Asamblea Legislativa y no mediante un proceso administrativo. La decisión advierte que el Negociado de Energía se extralimitó y violó la doctrina de separación de poderes al intentar limitar la responsabilidad civil de un operador privado del sistema eléctrico.